El Departamento de Protección Animal del Ministerio Público (DPA), órgano encargado de velar por la aplicación en materia penal de la Ley 248-12 de Protección Animal y Tenencia Responsable, hizo un llamado al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales para recordarle a la institución que el biocidio es un delito y que está claramente prohibido en el artículo 61 de la referida ley, por lo que regular y promover la cacería por deporte en el país violaría varios artículos que conllevan consecuencias penales.
El biocidio es todo acto que implique la muerte innecesaria de un animal, un crimen contra la vida y en la República Dominicana desde el 1946 ha existido una ley que sancionaba los malos tratamientos a los animales, que luego fue modificada en 2012 y actualmente cursa otro proceso de modificación en el congreso nacional.