La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto de Tamizaje Neonatal para la detección temprana de enfermedades congénitas y metabólicas en la población infantil de la República Dominicana.
El proyecto legislativo, aprobado este martes en segunda lectura con 102 votos a favor de los 107 diputados presentes en la sesión ordinaria, tiene como objetivo garantizar el diagnóstico de los «errores innatos del metabolismo (EIM)» durante la niñez, a través de pruebas específicas, para evitar padecimientos que puedan surgir a raíz de estos errores. Algunos de estos padecimientos incluyen discapacidades auditivas, visuales, físicas y cognitivas.
El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, aseguró que los estudios realizados por la Comisión Permanente de Salud y los miembros de las diversas bancadas políticas coincidieron en la necesidad de aprobar el proyecto, ya que no representa «ningún inconveniente» para la sociedad dominicana.
“El tamizaje neonatal ayuda a prevenir la muerte precoz y otras discapacidades mediante la detección bioquímica de ciertas enfermedades durante el periodo neonatal”, establece el documento de la ley que ahora está a disposición del Poder Ejecutivo para su promulgación.
Además, la ley establece que esto permitirá disminuir el costo moral y económico generado por la discapacidad y la muerte precoz debido a la ausencia o demora en el diagnóstico y tratamiento oportuno de este tipo de enfermedades.
De acuerdo con el proyecto legislativo, la Organización Mundial de la Salud (OMS) informó que en 2016, 5,600,000 niños murieron antes de cumplir cinco años por estas causas, lo que se traduce en 15,000 muertes diarias.
Aplicación gratuita
El artículo 2 de la ley establece que el ámbito de aplicación del tamizaje neonatal abarca todo el territorio nacional. El artículo 12 señala que, en los centros de salud públicos, el Estado garantizará la cobertura de los costos para la realización de las pruebas en los neonatos.
Por otro lado, el artículo 13 dispone que las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) deben incluir este servicio dentro de sus coberturas, lo cual deberá realizarse durante los primeros siete días de vida del recién nacido.
Los fondos para la ejecución de esta ley serán consignados el año siguiente a su entrada en vigencia en la Ley de Presupuesto General del Estado, específicamente en el capítulo correspondiente al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS).
Además, el artículo 16 instruye a las autoridades de salud y educación a promover la formación de médicos especializados y personal técnico calificado en esta área.
Tipos de pruebas
El documento propuesto por los senadores Bautista Rojas, José Castillo Casado y Lía Inocencia Díaz incluye varias tipologías de pruebas.
El «tamizaje neonatal básico» incluye un conjunto de pruebas que abarca el hipotiroidismo congénito, la fenilcetonuria, la galactosemia, el déficit de fibrosis quística, la hiperplasia suprarrenal congénita y los defectos de la hemoglobina.
Por su parte, el «tamizaje neonatal ampliado» tiene como objetivo diagnosticar enfermedades relacionadas con los aminoácidos, los ácidos orgánicos y los trastornos de la beta-oxidación de los ácidos grasos.
Por último, el artículo 9 de la ley establece como «obligatorio» que el personal médico encargado de realizar el tamizaje informe previamente a los padres o tutores legales del recién nacido sobre las metodologías y posibles consecuencias del proceso.