21 Noviembre 2024

¿El TC en CNM?

La comisión bicameral congresual que estudia el proyecto de ley de convocatoria a la Asamblea Nacional Revisora, iniciado por el Poder Ejecutivo, ha planteado una variación a la propuesta para que el presidente del Tribunal Constitucional sea incluido en el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

Teleuniverso

Por: Carlos Manuel Estrella

La comisión bicameral congresual que estudia el proyecto de ley de convocatoria a la Asamblea Nacional Revisora, iniciado por el Poder Ejecutivo, ha planteado una variación a la propuesta para que el presidente del Tribunal Constitucional sea incluido en el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

Esta posibilidad genera otra controversia jurídica al agregar un nuevo elemento al debate sobre la reforma constitucional, pues mantendría el número actual de ocho miembros del CNM porque sería asignar el lugar del Procurador General de la República al presidente del TC. En la práctica, una sustitución.

El CNM fue creado en la reforma producto de la crisis electoral y política de 1994, con funciones que luego le ampliaron en su misma tónica original, mientras que el TC surgió a partir de 2010, con atribuciones muy específicas y casi exclusivas, definidas en el artículo 184, que lo ubican como extra poderes.

Sería un contrasentido constitucional incluir el TC en el CNM a sabiendas de que éste tiene carácter meramente político, representación de los tres poderes del Estado y por ejercer control disciplinario de los miembros de las altas cortes, cualquier decisión suya podría ser motivo de acciones de inconstitucionalidad.

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