La Cámara de Diputados aprobó en dos lecturas consecutivas el proyecto de ley que modificara el artículo 8 de la ley 25-69 con el objetivo de liberar de impuestos el cobro de las pensiones dejadas por personas fallecidas a sus herederos o sucesores.
En una segunda lectura, fue sancionada con 137 votos a favor, Previo a la aprobación de esa iniciativa, el Pleno de la cámara baja decidió desestimar los informes presentados por las comisiones permanentes de Hacienda y Justicia.
Dicha ley establece en su artículo 8 que están exentos del pago del impuesto sucesoral, además de los fondos de pensiones dejados por una persona fallecida a sus herederos, las transmisiones cuyo aporte sea inferior a 500 pesos y cuando se trate de parientes en línea directa cuyo importe liquido sea inferior a mil pesos.
De igual forma seran exentos del pago del impuesto sucesora los seguros de vida del causante, los legados hechos a los establecimientos públicos y las instituciones de caridad, beneficencia o de utilidad pública reconocida por el Estado.