La Fiscalía de Santiago y la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, lograron la imposición de una condena de 15 años de prisión contra un hombre al que un tribunal halló culpable de incurrir en lavado de activos provenientes del narcotráfico y tenencia ilegal de armas de fuego.
La condena emanó del Cuarto Tribunal Colegiado, integrado por los magistrados Rubén Darío de la Cruz Uceta, Rubén Rodríguez y Jazmín de los Santos, quienes validaron el legajo de pruebas que le fueron suministradas contra Ramón Orlando de los Santos Blanco, quien movilizó recursos ascendentes a los dieciséis millones ochocientos seis mil cien pesos, con noventa y dos centavos (RD$16,806,100.92), sin que pudiera justificar por medios lícitos el origen de estos fondos.
Representando al Ministerio Público en estrado, el fiscal litigante Elvin Ventura expuso la relación de los hechos contenidos en la investigación que inició contra el procesado en el año 2021, en diligencias que encabezó la fiscal investigadora Esmerlin Rodríguez y que revelaron la vinculación de De los Santos con actividades del narcotráfico y otros delitos conexos.
Las pesquisas que desarrolló la Fiscalía, establecieron que, tras identificarse el perfil sospechoso del hombre, que usaba como centro de acopio para el almacenamiento de drogas su residencia en el sector Gurabo, fue necesario allanar el domicilio, cuya autorización se tramitó ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente, obteniéndose la orden de allanamiento número 07607-2021.
Entre lo ocupado en la vivienda se encuentra un total de seis millones doscientos setenta y un mil cuatrocientos pesos ($6,271,400.00), en efectivo, así como 16 cápsulas calibre 40 milímetros, una balanza, y un teléfono celular.
También, le fueron ocupadas una yipeta 4Runner Limited 4×4, la cual está a nombre de Julio César Comes Villafaña, un reconocido narcotraficante que se encuentra en rebeldía.
Las investigaciones revelaron que De los Santos Blanco utilizaba el citado vehículo para el transporte de cocaína, por cuanto dio positivo a trazas de cocaína clorhidratada en las pesquisas forenses que fueron realizadas y cuya certificación se aportó como prueba. Este mismo análisis se practicó en la balanza ocupada, resultando positivo.
Las indagatorias al perfil del procesado, evidenciaron que no posee registros de licencia para el porte y tenencia de armas de fuego, municiones o materiales relacionados.
La condena de 15 años se impuso contra el procesado en atención a la acusación penal por violación a los artículos 4 (letra E) y 75 (párrafo III), de la Ley 50-88 para el Control de Drogas en la categoría de patrocinadores de sustancias narcóticas; además, los artículos 2 (numeral 6), 3 (numerales 1,2 y 3, 6 y 7) de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, por el delito de lavado de activos provenientes del narcotráfico.
En su contra también pesan cargos por violación a los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, por el porte de municiones.
El tribunal ordenó el decomiso de los bienes que le fueron ocupados en el allanamiento, incluyendo el vehículo, equipos electrónicos, y los inmovilizados por órdenes judiciales.
La titular de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, Ramona Nova Cabrera, y el titular de la Fiscalía de Santiago, Osvaldo Bonilla, manifestaron que la condena es una demostración de la lucha frontal contra el lavado de activos y el narcotráfico.