La Cámara de Diputados aprobó y convirtió en ley este miércoles el proyecto legislativo que crea el Sistema Nacional de Alertas y que ordena la activación de alarmas inmediatas cuando una persona en estado vulnerable desaparezca.
El proyecto de ley es autoría de las diputadas oficialistas Carmen Ligia Barceló y Liz Mieses. Se aprobó en única lectura por mayoría de votos y ahora pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.
Si es promulgada, la nueva ley permitiría que las autoridades no tengan que esperar 24 horas si se reporta la desaparición de niños, de mujeres en situación de maltrato, de ancianos o de personas con alguna discapacidad.
Así lo establece el artículo 16 de la normativa que ordena a la Policía Nacional y al Ministerio Público a activar «alertas inmediatas» sin que transcurran 24 horas desde la desaparición, como ocurre actualmente.
Con el nuevo Sistema Nacional de Alertas, las autoridades estarán autorizadas para activar alarmas rápidas y obligatorias en medios de comunicación, redes sociales, medios de transporte y entidades de seguridad.
La activación de la alarma, según el artículo 16 del documento, permitirá un despliegue interinstitucional para desplegar operativos inmediatos en los hospitales, terminales de transporte, aeropuertos y otras zonas estratégicas.
Asimismo, la nueva ley integra un nuevo Consejo de Personas Desaparecidas que estará estructurado por instituciones como los Ministerios de Interior y Policía, Defensa, Relaciones Exteriores, Mujer, así como la Policía Nacional, el Sistema 9-1-1, el Consejo Nacional de la Niñez (Conani), entre otros.