La Superintendencia de Bancos de la República Dominicana emitió el 15 de agosto una circular que establece nuevas reglas para que los usuarios puedan cancelar productos y servicios financieros de manera más fácil y transparente.
La normativa busca proteger los derechos de los consumidores y adaptarse a la creciente digitalización del sistema financiero, permitiendo que los productos contratados por medios no presenciales también puedan ser cancelados remotamente, sin necesidad de acudir a una sucursal. Como explicó el superintendente Alejandro Fernández W.: “Si un producto nace digital, también debe poder cancelarse digitalmente”.
Entre los principales lineamientos de la circular destacan:
- Canales de cancelación: Las entidades deben habilitar, como mínimo, los mismos canales usados para contratar los productos, y los usuarios podrán elegir libremente cómo realizar la cancelación.
- Plazo máximo: La solicitud debe procesarse en no más de 7 días hábiles, siempre que el producto pueda ser cancelado y el usuario cumpla con sus obligaciones.
- Constancia de solicitud: Las entidades entregarán una constancia física o digital al recibir la solicitud, indicando la entidad, la fecha, el producto a cancelar y el plazo máximo.
- Suspensión de cargos: A partir de la solicitud, se suspenden nuevos cargos o comisiones, excepto los pendientes o relacionados con consumos anteriores.
- Información al usuario: Se informará sobre balances pendientes, montos en tránsito y canales disponibles para retirar valores.
- Facilidades para migración: Si la cancelación busca trasladar productos a otra entidad, se facilitará la operación proporcionando la información necesaria.
- Monitoreo y cumplimiento: Las entidades deben garantizar un trato justo y cordial y supervisar el cumplimiento de estas disposiciones.
- Plazo de implementación: Las entidades tendrán 3 meses calendario desde la publicación (15 de agosto de 2025) para adecuar sus sistemas.
- Sanciones: El incumplimiento será sancionado conforme a la Ley Monetaria y Financiera 183-02 y su reglamento.
Esta medida representa un avance significativo hacia la digitalización y simplificación de los servicios bancarios, buscando mayor comodidad y protección para los usuarios.