El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) emitió una resolución en la que reitera la prohibición del cobro del 10% por concepto de propina en los establecimientos comerciales donde se expenden comidas o bebidas y los consumidores no utilizan las instalaciones del local para el disfrute del producto o servicio, y se establece en la misma que constituye una “infracción grave” el incumplimiento de esta nueva disposición.
Eddy Alcántara, director de Pro Consumidor, explicó a los que violen lo establecido en esta resolución de fecha 12 de agosto de este año, la número 1438-22, serán sancionados con multas y otras sanciones, conforme al artículo 109 de la Ley 358-05.
El funcionario señaló, además, que a diferencia de la resolución anterior la 330-2016, “este nuevo dispositivo establece claramente que los comercios que incumplan con estas medidas serán sancionados de acuerdo a la normativa”.