21 Septiembre 2024

SCJ establece negocios no podrán cobrar 10 % de propina si el consumo no ocurrió en establecimientos

Teleuniverso

Este domingo la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), mediante un cambio de criterio, consideró que la propina obligatoria del 10 % que dispone el artículo 228 del Código de Trabajo no debe ser incluida en las cuentas de comidas y bebidas que serían consumidas en un lugar diferente al negocio o comercio que las vendió (entrega al recoger o a domicilio).

El 10 % obligatorio por concepto de propina solo será aplicado a las notas o cuentas de los clientes que consuman comidas o bebidas en los comercios o negocios que vendan las mismas, según establece la sentencia número 033-2021-SSEN-00765.

En ese sentido, el cobro de dicho concepto no podrá ser extendido al monto de las facturas por productos comprados en hoteles, restaurantes, cafés, barras u otros negocios donde se vendan comidas o bebidas para ser consumidas en lugares distintos.

Además agrega que: “Ello independientemente de que dichas comidas o bebidas sean transportadas por un empleado del negocio en cuestión o que el cliente haya pagado a un tercero, sea persona física o moral, bajo cualquier modalidad o vía, que tenga como actividad económica transportar comidas o bebidas producidas por otros comercios”.

Más vistas
Recientes