El Senado de la República aprobó este martes, en segunda lectura, el proyecto de Ley General de Contrataciones Públicas, que prohíbe la contratación con el Estado al presidente y al vicepresidente de la República o familiares.
La pieza legislativa define los tipos de procedimientos para la licitación pública, licitación pública abreviada, contratación simplificada, sorteo de obras, subasta inversa, contratación menor y contratación sujeta a umbral.
La iniciativa, que presentó al Senado la vicepresidenta del Senado, Faride Raful, tiene como novedad la licitación pública abreviada, que establece un plazo reducido para la contratación de bienes y servicios comunes y estandarizados.
También fija las modalidades o procedimientos de contratación, atendiendo a la cuantía, al objeto y las características de la prestación.
En lo adelante, los acuerdos resultantes del procedimiento de selección de proveedores, gestionado y ejecutado por la Dirección General de Contrataciones Públicas, para la adquisición de bienes y servicios comunes y estandarizados de uso frecuente por las instituciones públicas, se establecerán precios y condiciones de entrega durante un tiempo definido.
El proyecto fortalece los principios del sistema de contratación pública, incluyendo juridicidad, inclusión, debido proceso, objetividad, imparcialidad, planificación, sostenibilidad, favorabilidad de la producción nacional y favorabilidad del desarrollo local.
El propósito principal es fortalecer la facultad regulatoria del organismo rector, además de extender el alcance, capacidad de los controles para obtener una máxima transparencia y amplía la potestad sancionadora de la Contraloría General de la República, además de reformar su estructura interna.
Obligación Tributaria
El Pleno Senatorial aprobó en segunda lectura el proyecto del Poder Ejecutivo que modifica el artículo 11 de la Ley 11-92, que aprueba el Código Tributario, que regula la relación tributaria entre el Estado y los sujetos pasivos de la obligación tributaria, estableciendo disposiciones para garantizar el pago de la deuda tributaria.