La Superintendencia de Bancos (SB) dispuso que las entidades de intermediación financiera (EIF) deberán retirar de sus listas de contactos, para el ofrecimiento de nuevos productos y servicios, a los usuarios que así lo soliciten.
A través de una nota de prensa, el ente supervisor destaca que, mediante la Circular SB: Núm. 004/22, los usuarios tienen derecho a rechazar de forma expresa la recepción de comunicaciones comerciales y llamadas no solicitadas, así como a revocar en cualquier momento el consentimiento otorgado para recibir esas comunicaciones.
La circular otorga a las entidades un plazo de 90 días para implementar las adecuaciones necesarias que permitan a los usuarios canalizar las solicitudes que sometan en este sentido.