En el día de hoy, el Tribunal Constitucional declaró la nulidad de un numeral de la Ley de Partidos que impedía la propaganda electoral en radio y televisión durante la precampaña o en la campaña interna de las formaciones políticas, tras considerar que este limita la libertad de expresión.
El TC consideró que la medida impuesta por el legislador en el numeral 7 del artículo 44 de la ley de partidos desborda su carácter de necesidad, por lo que determinó que viola los artículos 40.15 y 49 de la Constitución.
La sentencia consideró que la Carta magna establece que “toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa”.
Anteriormente, el Tribunal Constitucional había declarado la inconstitucionalidad de otras disposiciones de la ley de partidos, que fue promulgada el 15 de agosto del 2018.